Como saber si un inmueble ha sido revisado su valor catastral

Siempre que se decide comprar una propiedad en España, esta palabra aparece al principio del proceso. No importa si el propósito es residir o invertir, conocer el valor catastral es esencial. Y en este artículo repasaremos las principales cuestiones relacionadas con este concepto.

¿Qué es el valor catastral de un inmueble y cómo calcularlo? Si quieres saber el precio real que pagarás por tu nueva propiedad y todos los impuestos que debes pagar… ¡Conocer esta cantidad será clave!

A esa información puede acceder cualquiera, siempre que no contenga ningún dato protegido. Sin embargo, si desea conocer el nombre del propietario o el valor catastral concreto del inmueble, sólo podrá hacerlo es mientras: Quizá sea usted uno de los que en esta época del año está pensando en cómo ahorrar en su declaración de la renta. O tal vez esté pensando en comprar o vender un inmueble.

En ambos casos, habrás visto un concepto que quizá no conozcas o que sólo sabes que existe, pero que no dominas. Estamos hablando del valor catastral de un inmueble. ¿Qué es?

¿Cómo se calcula? ¿Dónde se puede encontrar? Muchas preguntas a las que tratamos de dar respuesta.

Empecemos por lo básico: definir qué es el valor catastral de un inmueble. Se trata de un valor administrativo determinado de forma objetiva para todos los inmuebles inscritos en el catastro inmobiliario. A su vez, este índice se compone, según el artículo 22 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, del valor catastral de las construcciones de la vivienda y del valor del suelo.

Dicho de forma más sencilla, el valor catastral es un precio que se establece para cualquier inmueble en función del valor catastral del suelo y sus construcciones. Aunque, si vas a vender o comprar un inmueble y estás mirando su precio, el valor catastral es importante, debes saber que no es definitivo. La razón es que no incluye muchos otros factores que aumentarán o disminuirán el precio final de un inmueble.

Por lo tanto, hay diferencias entre el valor catastral y el valor de mercado. En diferentes zonas de Andalucía, la oficina del catastro está llevando a cabo una revisión, por lo que se han enviado muchas cartas dando los nuevos valores a las propiedades ya inscritas en la oficina del catastro. Cobran una tasa de 60 euros por la regularización de las propiedades y notifican a los propietarios por correo certificado el nuevo valor.

En el caso de los no residentes, la notificación la recibe normalmente su representante fiscal. Cuando no se paga el impuesto de 60 euros, Hacienda puede embargar legalmente su propiedad o su cuenta bancaria y también reclamar otros gastos y recargos por impago. La valoración puede ser impugnada durante un periodo máximo de 15 días desde la notificación de la regularización.

Para ello deberá aportar planos de arquitectos u otras pruebas. En función de la diferencia sobre el valor dado, las autoridades pueden enviar recibos de IBI extra y reclamar la diferencia en el IBI en función del nuevo valor dado. El plazo máximo que pueden reclamar es de 4 años.

Por ley hay que declarar todas las ampliaciones o algún tipo de mejora, por ejemplo, la construcción de una piscina o el cierre de una zona para utilizarla como garaje. ¿Cómo se enteran de las mejoras? Principalmente por las notificaciones que envían los notarios en los casos de escrituras de declaración de obra nueva, o las solicitudes de licencia que se presentan en el ayuntamiento y por las fotografías aéreas que se toman periódicamente.

Aclara, entre otros aspectos, que el nuevo valor de referencia sólo puede afectar al Impuesto sobre el Patrimonio respecto a los inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero de 2022. En ningún caso afectará a los bienes preexistentes. También indica que los valores de referencia individualizados estarán disponibles a través de la plataforma de servicios electrónicos del Catastro en 2022, una vez tramitado el procedimiento para su determinación, de acuerdo con la ley reglamentaria de la disposición final tercera del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

La renta catastral es la renta media neta normal que el inmueble proporciona a su propietario en un año. Es, por tanto, el valor neto medio de la renta en un año del inmueble en la fecha de referencia. Esta fecha de referencia ha sido hasta ahora el 1 de enero de 1975.

Si ha construido o reformado una vivienda, tiene que informar a la sección de cambios antes de la inspección del Registro de la Propiedad en un plazo de 30 días a partir de la entrada en uso en el caso de una nueva construcción o de la finalización de las obras en el caso de las reformas. Si no lo notifica, puede enfrentarse a sanciones administrativas o incluso penales. Tras la declaración, la autoridad de Medidas y Evaluaciones ante el Registro de la Propiedad visitará la obra para fijar la renta catastral si se trata de una obra nueva.

Si se trata de una reforma, se revisará la antigua renta catastral. La nueva renta catastral o la renta catastral revisada se le notificará entonces, es decir, se le comunicará por carta certificada.